Quiero màs
informaciòn
15 mayo, 2019

[Artículo RPP] La opinión pública se reserva el derecho de (des)creer

La ciudadanía se puede reservar el derecho de creer o de no hacerlo en la palabra y justificación de las acciones de aquellas mujeres y hombres que se la deban, es decir, funcionarios que ostentaron u ostentan el poder político. Esto, independientemente, del fallo del Poder Judicial.

Se debe insistir en que el derecho y la moral son dos ámbitos cuyas formas de exigir a la voluntad son distintas, y les corresponde por eso una legalidad y una institución diferentes.  Debido a que tanto el derecho como la moral pertenecen a la dimensión práctica de la persona, esta puede tomar una postura legal o moral. Es probable que, en los tiempos de corrupción que se viven, se pueda justificar que la opinión pública respete las formas legales y acate externamente las decisiones judiciales sin que por ello entregue su confianza personal.

La exalcaldesa de Lima, Susana Villarán, ha admitido que recibió dinero de empresas brasileñas durante la “campaña del No” para evitar la revocatoria en el 2013. Jurídicamente, al parecer, esta confesión le puede traer beneficios. El primero sería que ya no se considere la posibilidad de que pueda interferir con la justicia. El segundo; que evitaría que cambie su condición judicial de una investigación preparatoria hacia una detención preventiva, y con ello no sería recluida en un penal. Ya vimos que ambas posibilidades no ocurrieron. El tercer beneficio; de ser declarada culpable, la confesión podría ganarle una atenuación en su condena.

La opinión pública puede estar en desacuerdo con su proceder, pero toda persona tiene el derecho a la defensa, y a pensar y ordenar una estrategia jurídica para su mayor beneficio; y no puede ser tomada como culpable hasta que las pruebas desmantelen su estrategia, de lo contrario, cualquier inocente podría ser condenado injustamente. Por otro lado, he aquí el derecho de la opinión pública a pensar los elementos que envuelven el caso, no para juzgar jurídicamente a personas acusadas judicialmente como es el caso de la exalcaldesa Susana Villarán, sino para cimentar un juicio moral.

Ni siquiera la señora Villarán puede negar que su confesión llega tarde. En efecto, responde a su estrategia judicial pero no responde al sentido común de la opinión pública que puede preguntar ¿por qué crear cuentas en la Banca Privada de Andorra a nombre de Gabriel Prado, exgerente de seguridad ciudadana de la Municipalidad en su gestión?, ¿Por qué hacer contratos ficticios con empresas de allegados a su persona o a su gestión como el señor César Meiggs?, si no hay delito ¿por qué sostener una confesión distinta?, ¿Cambiar de historia no equivale a mentir?

La opinión pública no puede condenar con hacer preguntas sobre la base de información conocida. Sin embargo, incluso si el Poder Judicial declara inocente a la exalcaldesa de Lima, la ciudadanía se puede reservar el derecho de creer o de no hacerlo en la palabra y justificación de las acciones de aquellas mujeres y hombres que se la deban, es decir, funcionarios que ostentaron u ostentan el poder político.

Esta decisión ciudadana sobre creer o no en la justificación de las acciones de nuestros gobernantes debe ser debatida públicamente para mantener estrechos los lazos entre la moral y el derecho sin que los confundamos.

 

Lea la columna de la autora todos los miércoles en Rpp.pe

Sobre el autor:

Soledad Escalante

Docente principal de la Facultad de Filosofía, Educación y Ciencias Humanasen la Universidad Antonio Ruiz de Montoya

Compartir esta noticia:

Últimas noticias

Cerrar