Modalidad dirigida a egresados de educación secundaria de cualquier colegio estatal, parroquial, por convenio o privado del país o del extranjero que tengan condición de personas con discapacidad.
Los postulantes deben acreditar su condición de discapacidad a través del certificado de discapacidad emitido por autoridad competente (médicos certificadores registrados de las Instituciones Prestadoras de Salud-IPRESS, públicas, privadas y mixtas a nivel nacional).
La Universidad, durante el proceso de admisión, asegurará la igualdad de oportunidades para los postulantes con discapacidad a través de los ajustes razonables según las necesidades académicas y personales de cada caso; no deben imponer una carga desproporcionada o indebida entre el postulante y la universidad.
La Universidad, en cumplimiento de la Ley, reserva el 5% de las vacantes ofrecidas en el proceso de admisión por Carrera Profesional para dar oportunidad de estudios superiores universitarios a las personas con discapacidad.
Instrumento de evaluación para esta modalidad: Prueba de aptitud académica. *
* La evaluación se adecúa dependiendo de la discapacidad.